sábado, 26 de febrero de 2011

Para sacarse el Sombrero y decir....SE HIZO JUSTICIA...

De Cartas al Director ( Diario El Lider )

Señor Director:

Agradecería publicar las siguientes reflexiones respecto a la destitución del concejal por Cartagena David Jiménez Mira.

Con fecha 14 de diciembre del presente año se revocó el fallo de primera instancia respecto a la acusación por faltas a la probidad administrativa del edil David Jiménez Mira, finalmente en fallo categórico, del Tricel Nacional, fue cesado de sus funciones de concejal, entre otros cargos por ejercer como funcionario público siendo propietario de patente de alcoholes y aprobar la renovación de patentes del mismo tipo de familiares directos.

Al respecto es de suma importancia sacar lecturas cívicas del pronunciamiento del Tribunal Calificador de Elecciones, lo cual sin lugar a dudas entrega valiosa información a los electores y autoridades elegidas por votación popular, presentes y futuras.

1º Queda de manifiesto que los concejales Jorge Castro y Juan Cárdenas ejercen activamente el rol para el cual fueron elegidos, primero presentando los antecedentes al Tricel de Valparaíso en contra del Alcalde de Cartagena por notable abandono de deberes y faltas a la probidad administrativa con más de una veintena de cargos, causa con desenlace próximo. Por otra parte presentan, en su legítimo rol de fiscalizador, los antecedentes por los cuales finalmente el edil Jiménez fue cesado en sus funciones. Ejemplo de su principal función: fiscalizar, tarea para la casa concejales Arriola, Cartagena, Olivares y el que reemplazará al destituido edil.

2º Los contribuyentes en especial los de Cartagena, debemos informarnos bien sobre los postulantes a concejales o alcalde, pues si no poseen las aptitudes para entender una normativa legal, que son las mismas que deben aplicar, pasa lo que le sucedió al Sr. Jiménez, que por no conocer o entender, según sus propias palabras "cometí un error infantil", la ley que los rige, fue destituido; es decir los futuros postulantes deben ser personas informadas, con aptitudes y conocedoras de las normativas legales que rigen a las municipalidades. Contar con asesoría asertiva que adviertan que debe o no hacer en su rol como autoridad, ya que a todos los ediles se les entrega un manual, de fácil lectura, incluso con ejemplos explícitos que les permite desarrollar bien su cargo, y uno de esos ejemplos es que no deben participar en acuerdos o votación cuando existen intereses de familiares directos.

3º Más esencial aún es comentar que cuando los concejales fiscalizan y detectan irregularidades, su deber es presentar los hechos ante los organismos competentes. En este caso la destitución del concejal por faltas a la probidad administrativa, es una clara señal de la prolijidad y celo con que deben ejercer sus cargos las autoridades electas. Concejales de Cartagena: Arriola, Cartagena y Olivares, los llamo a sacar lecciones de esta situación y a dejar la inercia actual con que desarrollan sus funciones.

Finalmente hago público reconocimiento a los concejales Cárdenas y Castro por ejercer fielmente el rol de un concejal y manifestarles que contribuyentes y vecinos de nuestra comuna reconocen también su valiente y diligente labor.

Marco Verdala Urzúa

Ingeniero en Alimentos

Consejero Comunal RN

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Por favor deja tu comentario con respeto y responsabilidad.